Los aspectos informales del aparato jurídico se basaron en las estructuras nativas del calpulli, organización comunitaria que antiguamente tuvo un peso mayor y que conforme se desarrolló el imperio fue perdiendo capacidad y atribuciones. Partiendo de su carácter autárquico y relativamente igualitario, el Consejo de Ancianos se preservó como la instancia encargada de asignar las tareas a los miembros de la comunidad con base en su pertenencia, méritos y necesidades. El calpullec encauzó estas tareas y la recolección tributaria mediante un registro pormenorizado, que incluía los nombres de cada habitante, su edad y las tierras comunitarias a las que tendría acceso, instrumento fundamental para la preservación de los derechos de cada uno. Al mismo tiempo, estas autoridades nativas procuraban la estabilidad interna mediante la vigilancia, la conminación a cumplir con las obligaciones y el convencimiento de las partes de un pleito, aunque en tiempos tardíos su intervención se limitaba a casos de poca monta, como intentar disuadir de separarse a las parejas y matrimonios que deseaban hacerlo. El tribunal del tecalli constituyó el primer escalón jurídico formal y la mayor parte de los pleitos se resolvieron en esta instancia, que durante el apogeo imperial combinó elementos nativos de los calpultin con una marcada injerencia del aparato estatal. Zorita describe que sus jueces, los tetecuhtin, “tenían jurisdicción limitada para sentenciar pleitos de poca calidad”, que involucraban a macehualtin (plebeyos), dirimían conflictos internos entre familias o vecinos, y cuando sus sentencias acarreaban una pena grave debían ser ratificadas por el tribunal superior, cuyo juez regía directamente sobre el tecalli en algunas regiones.
El tribunal estaba constituido por jueces comunitarios promovidos por sus servicios al Estado; el mérito militar, una preferente pertenencia a la nobleza, la educación en calmécac y la rectitud personal fueron los elementos más importantes para el servicio en la judicatura. La labor judicial del juez incluyó el acucioso interrogatorio de las partes y los testigos, así como solicitar la evidencia documental del caso y sus antecedentes análogos. El propósito fue descubrir la verdad en cada proceso y sentenciar el caso de manera severa e inflexible, simbolizado por el “rostro rojo” del juzgador. El listado de los funcionarios judiciales que apoyaron en los tribunales es muy extenso e incluyó alguaciles, mensajeros, custodios, pregoneros, escribanos e inclusive intermediarios pagados.
Carlos Brokmann, “Multiculturalidad y diversidad en los sistemas jurídicos de Mesoamérica”, Arqueología Mexicana, núm. 142, pp. 29-36.
Carlos Brokmann. Arqueólogo y doctor en antropología por la ENAH. Investigador en derechos humanos en el Centro Nacional de Derechos Humanos (CENADEH-CNDH). Sus más recientes líneas de investigación son: seguridad, violencia y derechos humanos, así como pluralismo jurídico de las comunidades indígenas de México.